TSJ de Buenos Aires Establece Nuevo Criterio para la Apelabilidad en Causas Civiles
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha resuelto que el monto que determina la apelabilidad en causas civiles debe fijarse conforme al valor vigente al momento de la presentación de la demanda, revocando una decisión previa de la Cámara.
Detalles de la Resolución
La decisión, adoptada por unanimidad, se basa en la interpretación del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que la inapelabilidad por monto debe analizarse según los valores vigentes al inicio del proceso.
Caso Específico
El fallo corresponde al expediente “TSJ 29766/2025 – Gatto Lorena Graciela s/queja por recurso de inconstitucionalidad denegado (civil) en Gatto Lorena Graciela c/Gillone Antonio Rafael y otros s/daños y perjuicios (acc. tran. sin lesiones (expte N°11879/2012)”.
¿Qué es la Inapelabilidad por Monto?
En ciertas causas civiles, cuando el monto reclamado no alcanza el umbral fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), las sentencias no pueden ser apeladas. Este criterio busca agilizar los procesos judiciales.
El TSJ dejó sin efecto el criterio de la Cámara, que consideraba el monto al momento de la sentencia de grado, y resolvió que debe aplicarse el valor establecido por la CSJN al tiempo de la demanda.

Impacto y Causas Similares
Actualmente, ante el Tribunal Superior de Justicia porteño tramitan cerca de veinte causas que presentan la misma controversia jurídica.
La CSJN establece mediante acordadas los montos actualizados que determinan la apelabilidad de las sentencias civiles, y realiza revisiones periódicas de esos valores.
Esta resolución sienta un precedente importante para la interpretación del código procesal y afectará numerosos casos en trámite.