TC declara inconstitucional Ley 31232: Congreso no tiene iniciativa de gasto

El Tribunal Constitucional frena al Congreso: Ley 31232 es inconstitucional

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ley 31232, estableciendo un criterio vinculante que reafirma la preeminencia del Ejecutivo en materia de iniciativa de gasto y administración de la hacienda pública.

¿Qué dice la sentencia?

En el fallo, el colegiado precisó que los congresistas “no tienen iniciativa para incrementar gastos que incidan en el presupuesto anual o que impacten hacia el futuro”. Además, dispuso que cualquier proyecto de ley que implique un aumento del gasto público deberá ser coordinado con el Poder Ejecutivo, en armonía con el criterio de sostenibilidad fiscal.

Documento oficial del Tribunal Constitucional con la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley 31232
Sentencia del Tribunal Constitucional fechada el 16 de junio de 2026, donde se declara inconstitucional la Ley 31232.

Impacto fiscal y alertas económicas

El fallo se conoce en medio de alertas por el impacto fiscal de leyes aprobadas por el Congreso. Según el Consejo Fiscal, estas leyes superarían los S/11.400 millones anuales.

De manera excepcional, el TC indicó que las iniciativas parlamentarias que generen gasto podrán tramitarse siempre que exista coordinación con el Ejecutivo, en aplicación del “deber constitucional de cooperación entre poderes” y del respeto a las competencias en materia presupuestaria.

Condiciones para las iniciativas de gasto

  • Identificar la fuente de financiamiento que garantice el equilibrio presupuestario.
  • Contar con un informe previo de sostenibilidad fiscal elaborado por el órgano competente del Poder Ejecutivo antes de ser dictaminado en comisiones.
  • Priorizar la atención de necesidades sociales básicas.
  • Coordinar con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) una ejecución progresiva del gasto.

El TC añadió que estas pautas “constituyen una nueva regla respecto de los criterios jurisprudenciales previos”.

Interior del Congreso de la República del Perú, sede del poder legislativo
El Congreso deberá coordinar con el Ejecutivo cualquier iniciativa que implique gasto público.

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