Resolución del JNE protege cronograma electoral
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró inejecutable la sentencia del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional que exigía inscribir al partido Unidad Popular para las elecciones generales de 2026.
Fundamentos de la decisión
- Afectaría el cronograma electoral ya iniciado
- Pondría en riesgo el proceso electoral
- Vulneraría principios de preclusión y seguridad jurídica

Postura institucional
El organismo reafirmó su compromiso con legalidad, equidad y transparencia, garantizando igualdad de condiciones para todos los actores políticos. Además, destacó que:
- Sus resoluciones son definitivas y no revisables
- La coexistencia de inscripciones provisionales y definitivas genera incompatibilidades legales
- La notificación oficial se realizó mediante casillas electrónicas
Reacción de Unidad Popular
Duberlí Rodríguez, expresidente del Poder Judicial y líder del partido, calificó la decisión como:
«absolutamente ilegal y arbitraria […] un acuerdo bastante raro que no está en el lenguaje procesal»
Contexto electoral
Paralelamente, los partidos Voces del Pueblo y Nuevo Perú presentaron al JNE su solicitud para participar como alianza ‘Venceremos’ en los comicios de 2026. Rodríguez señaló que Unidad Popular «decidió dejar el camino libre» para esta coalición.