Medida Ofensiva Contra el Crimen Organizado
El Poder Ejecutivo anunció una modificación clave en su estrategia de lucha contra el crimen organizado, estableciendo que adolescentes de 16 y 17 años serán considerados responsables penalmente al cometer delitos de alta gravedad, como extorsión, sicariato o secuestro.

Declaración Oficial y Enfoque Proactivo
La decisión fue difundida por la Presidencia de la República, que remarcó en un comunicado:
“¡Delincuentes no evadirán a la justicia!”
Según el Ejecutivo, esta medida marca el paso “de la defensiva a la ofensiva” en la respuesta estatal frente a organizaciones criminales que reclutan a menores para actividades ilícitas.
Marco Legal y Protección de Derechos
La disposición establece un marco de responsabilidad penal que busca reforzar el control judicial sin afectar los derechos fundamentales de los adolescentes involucrados. El sustento legal se encuentra en el Decreto Supremo Nº 023-2025-JUS, que incorpora a los jóvenes de 16 y 17 años dentro del Sistema Penal Ordinario para delitos incluidos en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal.
- Edad afectada: 16 a menos de 18 años
- Delitos cubiertos: Extorsión, sicariato, secuestro y otros del graves
- Competencia: Justicia penal ordinaria

De acuerdo con la norma, “el adolescente que tenga entre dieciséis (16) y menos de dieciocho (18) años que comete los delitos señalados en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal se encuentra sometido a la competencia de la justicia penal ordinaria”. Esta acción refuerza la lucha integral contra la delincuencia y busca disuadir el uso de menores en crímenes graves.