Herbert Caller se pronuncia sobre reforma constitucional en debate presidencial
En el marco de la quinta fecha del debate presidencial rumbo a las Elecciones Generales 2026, el candidato Herbert Caller del Partido Patriótico del Perú abordó una crucial pregunta ciudadana sobre la posible reforma del sistema político peruano.

La Consulta Ciudadana: Unicameralidad y No Reelección
La interrogante planteada al candidato se centró en si su eventual gobierno consideraría los resultados del referéndum nacional del 2018, donde la ciudadanía se pronunció sobre reformas constitucionales relacionadas con el Congreso, específicamente sobre el retorno a la unicameralidad y la no reelección inmediata de parlamentarios.
“Mi pregunta es la siguiente, ¿considera tomar en cuenta el referéndum 2018 e impulsar el retorno a la unicameralidad y la no reelección inmediata de parlamentarios?”.
El Poder Constituyente vs. El Poder Constituido
En su respuesta, Herbert Caller hizo una distinción fundamental entre la voluntad popular y las instituciones estatales, enfatizando la primacía del pueblo.
“Algo muy importante que debemos de tener en cuenta es el poder constituyente y el poder constituido. El poder constituyente es el pueblo y el poder constituido son los poderes del Estado”, señaló el candidato.
Un llamado a respetar la voluntad popular
Caller fue enfático al sostener que las decisiones adoptadas por la ciudadanía en el referéndum de 2018 deben ser respetadas y no revertidas, criticando abiertamente acciones posteriores del Congreso.
“Si claramente ha manifestado su voluntad de que no haya bicameralidad y que no haya reelección (…) definitivamente hay una falla justamente en la Constitución Política del Perú”, afirmó.
Dirigiéndose a lo que calificó como una reversión indebida, añadió: “Eso debe ser revisado para que nunca más una decisión del pueblo soberano sea revertida por un puñado de mafiosos”.
Revisión Constitucional y el Rol del Presidente
Durante su intervención, el candidato también mencionó la necesidad de revisar aspectos específicos de la Carta Magna, citando el artículo 110 de la Constitución Política del Perú.
“Debemos tener muy en cuenta lo establecido en el artículo 110 de la Constitución Política del Perú que claramente dispone lo siguiente, el presidente de la República es el jefe de Estado y personifica a la nación”, recalcó Caller.
Un mensaje sobre el perfil del representante nacional
Finalizó su intervención con una reflexión dirigida a los ciudadanos sobre las cualidades que debe tener quien ocupe la más alta magistratura.
“¿Qué quieren tener de representante esa nación ante el mundo? ¿A un cómico, a una persona que no cumple su palabra, a una persona no preparada?”, cuestionó, enfatizando la importancia de la seriedad y la preparación en el liderazgo del país.