El 8 de junio de 2026, la Cámara Federal de Casación Penal dio un giro decisivo en la controversia por el DNU 575. Revocó una sentencia de la Cámara Penal Económico que había avanzado sobre la constitucionalidad de esa norma, al considerar que el análisis resultaba prematuro e inoportuno.
¿Por qué se revocó el fallo?
Según surge de la resolución, al momento de dictarse la sentencia de primera instancia, el decreto ya había sido suspendido por la justicia en lo contencioso administrativo federal. Esto llevó a que la Casación señalara que la norma “no era operativa ni correlativamente aplicable al caso de autos, como tampoco lo es actualmente ni lo será en el tiempo inmediato sucesivo”.
Claves de la decisión
- Norma suspendida: El DNU 575 no se encontraba en vigor al momento del fallo de primera instancia.
- Falta de actualidad: El examen de constitucionalidad carecía de vigencia para el caso concreto.
- No hubo pronunciamiento de fondo: La Casación no declaró la constitucionalidad del decreto, sino que cuestionó la oportunidad del análisis previo.

¿Qué sigue ahora?
Mientras el DNU 575 permanezca suspendido y no sea aplicable, la asignación de bienes se regirá por las normas previas vigentes. La decisión no invalida ni confirma la constitucionalidad del decreto, simplemente establece que no era el momento procesal para discutirla. El caso volverá a la instancia anterior para su trámite sin ese pronunciamiento extemporáneo.