Rechazo histórico: Santilli no encabezará la lista de diputados de La Libertad Avanza
El juez federal con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, rechazó el pedido de La Libertad Avanza para que Diego Santilli pase a encabezar la lista de candidatos a diputados nacionales tras la renuncia de José Luis Espert. En su lugar, confirmó en primer lugar a Karen Reichardt, cuyo nombre real es Karina Celia Vázquez, en una decisión que podrá ser apelada ante la Cámara Nacional Electoral.
Detalles de la resolución judicial
Ramos Padilla dispuso, en sintonía con el dictamen de la fiscal electoral Laura Roteta, que la nómina se mantenga con un «corrimiento ascendente natural», lo que significa que Reichardt queda encabezando la lista. Además, el juez dictó la inconstitucionalidad de la aplicación del artículo 7 del Decreto 171/2019 en este caso específico, norma que establecía que el candidato debe ser reemplazado por quien le siga en la lista del mismo sexo.
Argumentos clave del fallo
El magistrado resolvió «no hacer lugar a los corrimientos solicitados por la alianza La Libertad Avanza» y adecuó la lista de candidatos porque entendió que el decreto «no puede aplicarse para quién encabeza una lista». Destacó que a la renuncia de Espert se acompañaron otras dos adicionales, Lucía Benardoni y María Gabriela Gobea, las cuales «buscaban alterar artificialmente la composición de género».
«La intempestiva renuncia de dos candidatas mujeres fuerza una situación en la que, de no realizarse el reemplazo de Santilli por Espert, quedarían dos varones juntos al final de la lista, produciéndose artificialmente una aparente inconstitucionalidad», sostuvo Ramos Padilla.
Composición definitiva de la lista
Si la resolución queda firme, la lista de candidatos a diputados nacionales por La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires quedó conformada en este orden en sus primeros cinco lugares:
- Karina Celia Vázquez (Karen Reichardt)
- Diego César Santilli
- Gladys Noemí Humenuk
- Sebastián Miguel Pareja
- Johanna Sabrina Longo
El fallo subraya que permitir el movimiento solicitado «implicaría tolerar que el remedio (paridad) se vuelva en contra del propio colectivo protegido», citando la postura de la fiscal María Laura Roteta. Esta decisión marca un precedente significativo en la aplicación de las normas de paridad de género en las listas electorales argentinas.