Revocan sentencia que responsabilizaba a la cafetería por asalto a mano armada
La Corte Suprema de Justicia de Argentina revocó una sentencia que había condenado a la cadena estadounidense de cafeterías Starbucks a indemnizar a un cliente víctima de un robo en uno de sus locales, al considerar que el hecho fue fortuito y no responsabilidad del establecimiento.
Detalles del asalto en Belgrano
El incidente ocurrió el 8 de febrero de 2016 en un local de Starbucks ubicado en la avenida Cabildo 2594, en el barrio porteño de Belgrano. Josué Nahum Tapia Araya, un estudiante universitario, se encontraba con una compañera cuando un hombre armado ingresó al establecimiento, los amenazó y se llevó sus computadoras antes de escapar en una moto que lo esperaba en la puerta.

El fallo anterior y la condena económica
Originalmente, la Sala D de la Cámara Nacional en lo Civil, por mayoría, había responsabilizado a la empresa en el marco de la protección a los consumidores. Con los votos de los camaristas Víctor Liberman y Patricia Barbieri, y la disidencia de Liliana Abreut de Bergher (quien consideraba que la cafetería no era responsable), se condenó a Starbucks a pagar 112.499 pesos más intereses por el robo de la computadora y otros valores.
La decisión del máximo tribunal
Al hacer lugar al reclamo de la empresa, la Corte Suprema dejó sin efecto ese fallo, argumentando que se trató de un hecho fortuito fuera del control del local. La información fue recabada por la Agencia Noticias Argentinas (NA).
Antecedentes delictivos en la misma sucursal
No fue la primera vez que esa sucursal fue epicentro de un hecho delictivo. En 2012, un delincuente que se había escondido en un baño del mismo local sustrajo alrededor de 3.000 pesos de la recaudación, amenazando a la cajera.
La revocación de la condena marca un precedente en la interpretación de la responsabilidad empresarial ante hechos violentos imprevisibles.