Decisión judicial firme: No habrá beneficios para condenada en caso Berardi
La Corte Suprema de Justicia confirmó el rechazo a las salidas transitorias solicitadas por Ana Cristina Moyano, quien cumple una condena de 24 años de prisión por su participación en el secuestro y asesinato de Matías Berardi, el adolescente de 16 años asesinado en 2010.
Detalles del fallo judicial
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron un recurso extraordinario presentado por la defensa de Moyano, considerándolo inadmisible. Esta resolución mantiene la negativa dictada por instancias anteriores, incluida la jueza de ejecución penal y la Cámara Federal de Casación Penal.

Contexto del crimen que conmocionó a Argentina
El 28 de septiembre de 2010, Berardi fue secuestrado tras regresar de una fiesta en el boliche Pacha, en la Costanera Norte. Sus captores lo mantuvieron cautivo en una casa de Benavídez mientras exigían rescate a su familia. Aunque logró escapar y pedir ayuda, fue recapturado cuando los secuestradores lo hicieron pasar por un ladrón. Finalmente, fue asesinado de un tiro por la espalda, y su cuerpo apareció en un descampado de la ruta 6.
Condenas y roles en el caso
- Responsables principales: En 2013, el Tribunal Oral Federal N.º 3 de San Martín dictó cinco prisiones perpetuas, incluyendo al líder de la banda, Richard Fabián Souto.
- Rol de Moyano: Esposa de Souto, recibió 24 años de prisión por colaborar en el ocultamiento de la víctima y confundir a los vecinos durante el escape del adolescente. Su pena vence el 29 de septiembre de 2034.
Fundamentos del rechazo a los beneficios penitenciarios
Las instancias judiciales destacaron que la concesión de salidas transitorias no es automática y que Moyano no mostró avances significativos en su pronóstico de reinserción social. Además, se remarcó la gravedad de los delitos, el tiempo restante de pena y la falta de una transformación relevante respecto de las circunstancias que la llevaron a participar del secuestro.
La Corte Suprema aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para dejar firme la resolución, cerrando cualquier posibilidad de beneficio.
Durante la pandemia, Moyano había solicitado la prisión domiciliaria, que también le fue denegada. Insistió en el pedido de salidas transitorias pese a encontrarse en período de prueba dentro del régimen penitenciario.