La Corte Suprema Sella las Condenas por Asociación Ilícita
La Corte Suprema de Justicia de Argentina dejó firmes las cuatro condenas por asociación ilícita en la causa conocida como la “Mafia del Oro”, un fraude al Estado en los años 90 que permitió obtener reintegros impositivos indebidos por unos 20 millones de dólares.
Los Condenados y las Penas
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los recursos de las defensas y confirmaron las penas de tres años de prisión para:
- Mario Jorge Grinschpun
- Luis Eduardo Ricigliano
- Edgardo Enrique Roggenbau
- Carlos Axel Augspach
por el delito de asociación ilícita.
Contexto del Fraude y los Hechos
La investigación se centró en las actividades del denominado “Grupo Piana”, cuyos integrantes montaron una estructura empresarial para simular operaciones comerciales entre distintas firmas en el circuito de exportación. Así, se aprovechaban del régimen de beneficios del IVA para exportaciones, obteniendo reintegros que nunca habían ingresado al Estado.
Los hechos ocurrieron entre 1993 y 1995.
Historia Judicial del Caso
En febrero de 2014, el Tribunal Oral en lo Penal Económico condenó a los directivos de Casa Piana. Enrique Piana recibió seis años de prisión por defraudación y asociación ilícita, unificada en ocho años y dos meses por otra condena previa. Miguel Seligman fue condenado a tres años en suspenso.
En 2017, el juicio oral dictó condenas de tres años de ejecución condicional y multas por asociación ilícita para Augspach, Guillermo Jorge Campbell, Grinschpun, Roggenbaum y Ricigliano, mientras que Marcelo De Laurentis y Alberto Giusti recibieron dos años por participación necesaria en defraudación.
En 2022, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó las condenas por asociación ilícita, pero consideró prescripto el delito de defraudación, tras un fallo de la Corte Suprema que anuló una resolución anterior.
Decisión Final de la Corte Suprema
El máximo tribunal también desestimó el planteo de la AFIP, que actuó como querellante, contra la decisión de la Cámara que había declarado prescripto el delito de defraudación a la administración pública.
Finalmente, la Corte rechazó los recursos de las defensas contra las condenas por asociación ilícita y los planteos de la querella que insistían en mantener la acusación por defraudación.

Impacto y Conclusión
Este caso, que lleva más de 30 años en los tribunales, muestra la complejidad de los delitos económicos y la perseverancia de la justicia argentina en combatir el fraude al Estado.