Corte Suprema Argentina Ordena Aumento de Indemnización por Negligencia Médica en Caso de Parálisis Cerebral

Fallo Histórico: Corte Suprema Revierte Reducción de Indemnización por Daños en Parto

La Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina emitió un fallo crucial al ordenar el aumento de la indemnización a los padres de una niña que sufrió parálisis cerebral durante su nacimiento, tras considerar arbitraria la reducción del monto dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Detalles del Caso y Partes Involucradas

El caso se originó a partir de una demanda presentada por una pareja, en nombre propio y en representación de sus tres hijos menores, contra el obstetra, la partera, «Swiss Medical Group S.A.», «Clínica y Maternidad Suizo Argentina S.A.», «Docthos S.A.» y «HSBC Holding S.A.» por los daños derivados de la atención médica durante el parto de su hija M., ocurrido el 23 de enero de 2002.

Representación legal en casos de negligencia médica

Imagen ilustrativa de un profesional legal, relevante para casos de defensa de derechos médicos.

Consecuencias de la Negligencia Médica

Según la denuncia, la deficiente atención provocó una encefalopatía hipóxico-isquémica perinatal con daños cerebrales irreversibles, lo que dejó a la niña con parálisis cerebral de grado IV. La menor quedó en silla de ruedas, depende de un botón gástrico para alimentarse, no habla ni controla esfínteres y presenta movimientos involuntarios y disquinéticos.

Proceso Judicial y Fallos Previos

  • Primera Instancia: La jueza condenó a todos los demandados y extendió la decisión a las aseguradoras.
  • Apelación (Abril 2021): La Sala K de la Cámara Civil revocó parcialmente el fallo, eximiendo de responsabilidad al obstetra y la partera, y redujo los montos indemnizatorios.

Argumentos de la Corte Suprema

El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, hizo lugar parcialmente al reclamo de los familiares en concepto de daño moral y lucro cesante. La Corte consideró que la sentencia de la cámara fue arbitraria en la reducción de las sumas por daño moral, señalando que

“No se advierte de qué modo las condiciones de la joven y la manera en que ha incidido el evento en su ánimo puedan resultar fundamento mínimamente aceptable de la reducción del daño moral decidido”

.

Además, cuestionó la disminución de la indemnización por daño moral a los padres, remarcando que las graves secuelas de su hija generan una “terrible angustia e incertidumbre familiar”, por lo que los argumentos de la cámara “no son consistentes con la magnitud del padecimiento”.

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