El campo de Chubut respira: prorrogan la exención del Impuesto Inmobiliario para establecimientos ganaderos
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2026
El gobernador de Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, celebró la aprobación legislativa de la ley que prorroga durante el período fiscal 2026 la exención del pago del Impuesto Inmobiliario para los establecimientos ganaderos productivos alcanzados por la medida. La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo provincial, recibió el respaldo por amplia mayoría en la Legislatura y renueva por segundo año consecutivo un beneficio que ya rigió durante 2025.
La medida alcanza a establecimientos ganaderos productivos ubicados fuera de los ejidos municipales y apunta a aliviar la carga impositiva, preservar la continuidad de las explotaciones y sostener una actividad considerada estratégica para la economía y el desarrollo territorial de Chubut.

Ignacio Torres y la defensa de los intereses de Chubut
Torres aseguró que la aprobación de la norma “demuestra que, cuando ponemos los intereses de los chubutenses por encima de cualquier diferencia, las cosas suceden y podemos lograr avances importantes para proteger nuestra economía”.
En ese sentido, sostuvo que la prórroga de la exención “es el resultado de un trabajo conjunto con nuestros productores y de un compromiso asumido no solo para aliviar las obligaciones fiscales del sector, sino también para ratificar que somos una provincia que acompaña a quienes trabajan todos los días nuestra tierra y nuestros recursos”.
“Fortalecer a nuestros productores ganaderos es, en definitiva, fortalecer la economía de Chubut: dar previsibilidad, cuidar el trabajo y acompañar al campo en un momento económico complejo, con una visión de desarrollo para cada rincón de nuestra provincia”, concluyó el mandatario.
Alcance de la exención del Impuesto Inmobiliario para establecimientos ganaderos
La aplicación de la norma estará a cargo de la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut (ARECH) y alcanzará a inmuebles afectados directa y exclusivamente a la actividad ganadera y sus actividades conexas, siempre que acrediten su carácter productivo conforme a la reglamentación vigente.
- Beneficio: exención del pago del Impuesto Inmobiliario.
- Período alcanzado: fiscal 2026, por segundo año consecutivo tras regir en 2025.
- Alcance territorial: establecimientos productivos fuera de los ejidos municipales.
- Requisito: acreditar el carácter productivo del inmueble.
Compensaciones para los contribuyentes y prórroga de vencimientos
La normativa establece, además, que los pagos que hubieran realizado durante 2026 los contribuyentes alcanzados por el beneficio serán imputados como pagos a cuenta del gravamen correspondiente a 2027 y, de existir remanentes, a los períodos fiscales subsiguientes. Asimismo, la ley prorroga los vencimientos del Impuesto Inmobiliario correspondientes a los períodos 2023 y 2024 para los establecimientos comprendidos en la medida.