TC Declara Infundada Demanda de Excarcelación por Salud de Expresidente
El Tribunal Constitucional (TC) peruano ha declarado infundada e improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por el expresidente Pedro Castillo, quien solicitaba su excarcelación temporal por supuestos problemas de salud.
Detalles de la Sentencia
En la sentencia emitida el 5 de diciembre de 2025, el máximo intérprete de la Constitución verificó que Castillo recibe atención médica especializada continua en el penal de Barbadillo, incluyendo consultas cardiológicas y un diagnóstico de dolor osteomuscular que no requiere emergencia quirúrgica.

Argumentos de la Defensa
La defensa legal, liderada por Gregorio Parco Alarcón, argumentó la necesidad de un traslado a una clínica privada y un tratamiento domiciliario, alegando vulneración del derecho a la salud.
Respuesta del Tribunal y Evaluaciones Médicas
Sin embargo, el TC respaldó las evaluaciones realizadas por el INPE, Minsa y EsSalud, que confirman controles periódicos y ausencia de negligencia en la atención al expresidente. Por lo tanto, no se acreditó ninguna violación a su derecho a la salud.
Situación Legal de Pedro Castillo
Castillo cumple una condena de 11 años y 5 meses por el delito de conspiración a la rebelión, tras su intento de autogolpe en 2022. La demanda de hábeas corpus buscaba, además de la excarcelación temporal, un cambio a arresto domiciliario y una indemnización.
Decisión Final y Competencias Legales
El Tribunal Constitucional rechazó tanto la variación de la prisión preventiva como la reparación económica, señalando que estas son competencias de la vía penal ordinaria, según el artículo 7 del Nuevo Código Procesal Constitucional. De esta manera, se ratifica la legalidad de la detención sin modificar su situación carcelaria actual.
Esta decisión judicial cierra un capítulo más en el prolongado proceso legal que enfrenta el expresidente Pedro Castillo.