Tribunal Constitucional anula acusación fiscal contra Keiko Fujimori en caso ‘Cócteles’

Fallo histórico: TC declara vulneración de derechos en proceso a Keiko Fujimori

El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una resolución que deja sin efecto la acusación fiscal contra Keiko Fujimori en el conocido caso ‘Cócteles’, relacionado con la presunta financiación irregular de sus campañas presidenciales de 2011 y 2016.

Documento oficial del Tribunal Constitucional sobre resoluciones del caso Keiko Fujimori
Resolución del TC que anula acusaciones en el caso ‘Cócteles’

Fundamentos de la decisión: Derechos vulnerados

El magistrado del TC, César Ochoa, explicó que la resolución se basa en la vulneración de dos derechos fundamentales: el derecho al plazo razonable y el derecho a la legalidad penal.

“Son dos derechos que están tutelados en esta sentencia: tanto el derecho a la legalidad penal como el derecho al plazo razonable, porque se trata de una investigación que dura una década, con devoluciones de actuados justamente por problemas entre el Ministerio Público y el Poder Judicial”, precisó Ochoa.

Duración excesiva del proceso

Según el magistrado, la investigación ha superado los límites aceptables: “Tenemos una década de una investigación que no tiene un derrotero fijo, (…) y a nuestro juicio ya se había vulnerado el plazo razonable”. Ochoa destacó que no existe un plazo fijo para determinar cuándo se vulnera este derecho, pero los retrasos acumulados y las reiteradas devoluciones de actuados entre el Poder Judicial y el Ministerio Público justificaron la decisión.

Base legal y no interferencia

Ochoa rechazó que el fallo del TC represente una interferencia en el Poder Judicial, aclarando que su actuación está amparada en el Código Procesal Constitucional. “El Tribunal Constitucional se ha pronunciado en habeas corpus contra resolución judicial, figura prevista en el Código Procesal Constitucional. Esto no es una interferencia sobre el Poder Judicial”, señaló.

El fallo reafirma que nadie puede ser procesado sin una ley previa ni fuera del marco penal establecido, principio consagrado en el artículo 224 de la Constitución.

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