Poder Judicial niega libertad a Osmán Morote por caso Tarata
La Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria declaró improcedente la solicitud de excarcelación presentada por Osmán Morote Barrionuevo, excabecilla de la organización terrorista Sendero Luminoso.

Fundamentos de la decisión judicial
La sala, integrada por las juezas Pilar Carbonel y Doris Rodríguez, y el juez Richard Llacsahuanga, determinó que Morote no cumple con los requisitos legales ni humanitarios establecidos por la Ley N.° 32181.
- Falta de evidencia médica: No se demostró condición terminal o estado de salud excepcional
- Gravedad del delito: Condena por atentado terrorista en Tarata (1992)
- Cadena perpetua: Impuesta por su responsabilidad en el sangriento ataque
Argumentos de la defensa
La solicitud de liberación fue presentada el 8 de abril de 2025, invocando que Morote cumplió 80 años el 15 de abril y sufre deterioro físico y mental, incluyendo pérdida de memoria tras 36 años de reclusión continua.
La Sala priorizó el rigor de los requisitos para condenados por delitos graves como terrorismo
Impacto legal y social
A pesar de que la defensa presentó una sentencia previa de hábeas corpus que ordenaba mejorar la atención médica, la justicia mantiene su postura firme frente a crímenes de lesa humanidad.