Poder Judicial Respalda la Prescripción Adquisitiva para Formalizar Propiedades

Defensa Jurídica de la Prescripción Adquisitiva de Dominio

La presidenta de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, Ana María Aranda Rodríguez, defendió la figura jurídica de la prescripción adquisitiva de dominio, señalando que constituye una vía legítima para formalizar la propiedad inmobiliaria y garantizar el acceso a bienes en un país donde la informalidad en la tenencia de inmuebles es recurrente.

Mecanismo para el Desarrollo Económico y Social

La magistrada explicó que la prescripción adquisitiva de dominio es un mecanismo legítimo para formalizar la propiedad y facilitar el acceso a los bienes inmuebles, subrayando que su aplicación favorece el desarrollo económico y social de las comunidades al hacer efectiva la función social de la propiedad.

Portada de periódico con enfoque en temas económicos y financieros

Elemento visual que ilustra el impacto económico de la formalización de propiedades.

Desafíos en la Jurisprudencia

Aranda Rodríguez señaló que la jurisprudencia muestra interpretaciones divergentes sobre esta figura, lo que no solo afecta la predictibilidad esperada por los ciudadanos del sistema judicial, sino que también vulnera el principio constitucional de igualdad ante la ley. Además, indicó que esta disparidad incrementa la litigiosidad, debilita la confianza ciudadana en la justicia y genera incertidumbre en un ámbito fundamental para el desarrollo económico y social.

“El precedente que empezamos a construir será tomado en cuenta en las decisiones de miles de jueces de todo el país, y tendrá repercusión en la vida de los ciudadanos que buscan consolidar su derecho a la propiedad”, subrayó la magistrada.

¿En Qué Consiste la Prescripción Adquisitiva?

  • Permite: que una persona se convierta en propietario de un inmueble después de diez años de ocupación pacífica y sin controversias.
  • Requisitos: cumplir obligaciones como el pago de impuestos y la titularidad de servicios básicos, comportándose como dueño sin serlo formalmente.

Audiencia del XI Pleno Casatorio Civil

La defensa de esta figura se abordó durante la audiencia del XI Pleno Casatorio Civil, convocada para establecer un precedente judicial vinculante. En la sesión participaron juezas y jueces de la Sala Civil Transitoria, así como especialistas en calidad de amicus curiae, quienes presentaron sus posturas doctrinarias.

Caso Específico en Discusión

El caso que motivó la convocatoria involucró un recurso de casación entre la Municipalidad Provincial del Santa y una empresa privada, con la intervención de los abogados Margarita Pinedo Orué y Julio Pozo Sánchez. Posteriormente, los magistrados formularon preguntas a las partes procesales, buscando aclarar aspectos legales y prácticos del caso.

Reflexión Final sobre la Justicia

Al concluir la audiencia, Carlos Arias Lazarte, presidente de la Sala Civil Transitoria, resaltó que la justicia alcanza su mayor valor cuando las normas se aplican con equidad e integridad.

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