Resolución judicial rechaza apelación y valida medidas coercitivas
La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el recurso de apelación presentado por Nicanor Boluarte, hermano de la expresidenta Dina Boluarte, contra las medidas de allanamiento e incautación dictadas en su contra por el caso Ícaro. Mediante la Resolución N.º 6, fechada el 24 de noviembre de 2025, el tribunal confirmó la legalidad de las acciones autorizadas por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria.

Detalles de las medidas judiciales confirmadas
Las medidas, dictadas en el marco de una investigación por presunta organización criminal en agravio del Estado, incluyen:
- Allanamiento con descerraje
- Incautación de bienes
- Levantamiento de secretos bancario, tributario, bursátil y de las comunicaciones
El tribunal determinó que la resolución original respetó los principios de motivación, proporcionalidad, idoneidad y necesidad requeridos en esta fase del proceso penal. La Sala también concluyó que existen suficientes elementos de convicción para mantener las medidas restrictivas, no solo contra Boluarte sino también contra la apelante Yessenia De La Cruz.
Vinculación funcional y presunta simulación laboral
Según el fallo, la condición de “tercero vinculado” de Boluarte no impide la adopción de medidas judiciales cuando existen indicios razonables de conexión funcional con los hechos investigados. El Ministerio Público sostiene que el exministro del Interior, Juan José Santiváñez, habría gestionado un arraigo laboral ficticio a favor de Nicanor Boluarte, presuntamente para eludir una eventual prisión preventiva, sustentado en un supuesto contrato con la empresa Minas El Dorado S.A.
La Fiscalía indica que Boluarte habría asistido en al menos siete ocasiones al estudio jurídico “Tenorio Abogados & Asociados” entre enero y febrero de 2025, utilizando una oficina con lunas polarizadas para simular el vínculo laboral. Estas visitas, registradas en video y otros documentos, forman parte de las pruebas que respaldaron las medidas.
Investigación como presunto cabecilla criminal
El fallo también considera que Boluarte está siendo investigado como presunto cabecilla de una organización criminal en una carpeta fiscal conexa. La red liderada por Santiváñez habría funcionado como un “brazo de protección”, ofreciendo cobertura y facilitando acciones de encubrimiento. La inclusión de medidas limitativas contra Boluarte se justifica por la conexión entre ambos casos, respaldada por testimonios, registros de ingreso, grabaciones y otros documentos.
Argumentos de la defensa y respuesta del tribunal
La defensa de Nicanor Boluarte argumentó que las medidas se basaron en pruebas insuficientes, incluyendo declaraciones no corroboradas y registros posteriores a los hechos, cuestionando la proporcionalidad del allanamiento y del levantamiento de secretos.
Sin embargo, la Sala determinó que las medidas contaban con la debida motivación y que los elementos de convicción cumplían con el estándar requerido en la etapa preliminar, la cual no exige prueba plena, sino una sospecha razonable debidamente fundamentada.
La resolución judicial subraya que existen elementos suficientes para mantener las restricciones, validando la actuación del sistema de justicia en este caso de alto impacto.