Nueva norma busca combatir el anonimato en comunicaciones comerciales e ilícitas
El Gobierno peruano promulgó el Decreto Legislativo N° 1723, una medida que establece reglas para la identificación y trazabilidad de las llamadas y mensajes de texto de tipo comercial, comúnmente conocidas como ‘spam’, mediante el uso del prefijo 500.

¿Qué establece el decreto y por qué es necesario?
La norma, denominada “Decreto Legislativo que establece reglas, medidas y/o mecanismos para el adecuado uso de la numeración en llamadas y mensajes de texto y su trazabilidad, a fin de evitar el anonimato y comunicaciones ilícitas en perjuicio de los usuarios”, busca asegurar que se pueda conocer el origen de estas comunicaciones.
El objetivo principal es evitar que sean utilizadas para fines ilícitos como extorsiones, estafas, fraudes, amenazas o suplantación de identidad, delitos que representan un riesgo creciente para la seguridad ciudadana.
Ampliación del alcance: ahora también aplica para mensajes de texto
Un aspecto clave de este nuevo marco legal es que extiende la obligación del código identificador 500 a los mensajes de texto, no solo a las llamadas. Esto corrige y amplía una normativa anterior que, si bien fue aprobada en el Congreso, aún no había emitido su reglamento pese a que el plazo venció en julio de 2025.
“La comisión de actos ilícitos, tales como fraudes, estafas, extorsiones, amenazas o suplantación de identidad, representa un riesgo creciente para la seguridad ciudadana”, aclara el texto del decreto.
¿A quiénes obliga esta nueva ley?
- Empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones.
- Agentes vinculados en la trazabilidad: Se considera como tales a toda persona natural o jurídica que intervenga en el enrutamiento de las comunicaciones o cuente con información de su trazabilidad. Esto incluye, por ejemplo, a entidades financieras o bancos que faciliten que una llamada llegue a un cliente.
Facultades de supervisión del Estado
El decreto faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para “monitorear de manera constante las redes de las empresas operadoras y los sistemas de gestión de los agentes vinculados”, con el fin de verificar el cumplimiento de la norma. Este monitoreo se realizará resguardando la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones protegidas por ley.
Próximos pasos y plazos establecidos
El MTC tendrá un plazo máximo de 90 días calendario, contados desde la publicación del decreto, para aprobar mediante Decreto Supremo el Reglamento correspondiente. Es importante destacar que este plazo aplica específicamente para las disposiciones sobre trazabilidad, y no para la norma anterior del código de numeración 500 que aún espera su reglamentación.
Esta herramienta legal otorga al Estado peruano mecanismos concretos para identificar a los responsables de comunicaciones ilícitas y proteger a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, marcando un paso significativo en la lucha contra el uso fraudulento de llamadas y mensajes.