Fallo judicial pone en pausa la demanda de amparo del alcalde encargado de Lima
El Décimo Primer Juzgado Constitucional Permanente de Lima se declaró incompetente para tramitar la demanda de amparo presentada por el alcalde encargado de Lima, Renzo Reggiardo, contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La decisión fue emitida por la jueza Silvia Núñez Riva, quien determinó que el caso escapa a la jurisdicción especializada del juzgado.
Detalles de la resolución judicial
Según la resolución, el despacho a cargo de la magistrada es un juzgado subespecializado que conoce exclusivamente procesos constitucionales vinculados a materias tributarias, aduaneras, de mercado y casos relacionados con Indecopi. Por lo tanto, la demanda presentada por Reggiardo no corresponde a su ámbito de competencia.
La demanda de amparo buscaba dejar sin efecto el acuerdo del JNE que declaró inviable la realización de elecciones complementarias en Lima Metropolitana. El alcalde solicitaba que se disponga la convocatoria de dichos comicios, pero la jueza concluyó que no está facultada para pronunciarse sobre el fondo de la controversia.
¿Qué significa esta decisión?
La jueza dispuso que el expediente sea derivado a un órgano jurisdiccional constitucional competente para su evaluación conforme a ley. Es importante destacar que esta decisión no constituye un rechazo definitivo del recurso, sino que obedece a una cuestión de competencia jurisdiccional. Será otra instancia del Poder Judicial la encargada de evaluar si admite a trámite la demanda y, de ser el caso, resolver el pedido planteado por la autoridad edil.

«Este juzgado subespecializado no tiene competencia», señaló la jueza Silvia Núñez Riva en su resolución.
El caso ahora pasa a otro juzgado constitucional, que deberá determinar si la demanda de Reggiardo procede. Mientras tanto, la incertidumbre sobre la realización de elecciones complementarias en Lima continúa.
Próximos pasos en el proceso legal
El expediente será remitido a un juzgado constitucional competente para que evalúe la admisibilidad de la demanda. Este nuevo órgano deberá analizar si el recurso cumple con los requisitos de ley y, en caso afirmativo, resolver sobre el fondo del asunto: la convocatoria de elecciones complementarias en la capital.
La decisión de la magistrada Núñez Riva subraya la especialización de los juzgados constitucionales en Lima y la importancia de respetar las competencias judiciales establecidas.