Ministro precisa alcances de la transferencia de titularidad en formalización minera
El ministro de Energía y Minas, Jorge Montero, explicó detalladamente el mecanismo de transferencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) cuando fallece su titular, descartando que se trate de una «herencia».

¿En qué casos aplica la transferencia?
- Condición principal: Solo para Reinfos vigentes
- Excluye: Registros suspendidos o actividades ilegales
- Base legal: Ley N.º 32213 y Decreto Supremo N.º 018-2017-EM
Procedimiento establecido
La transferencia se realiza a favor de la sucesión legal inscrita en registros públicos, permitiendo a los herederos continuar el proceso de formalización minera. «Negar esta posibilidad sería un acto indebido», enfatizó el ministro.
Fundamento normativo
Montero recordó que este mecanismo está vigente desde el 1 de junio de 2017, mediante el DS N.º 018-2017-EM, que ahora se modifica para precisar los alcances de la transferencia.