JNE Mantiene Registro Electoral: Análisis de la Decisión
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que no procederá la cancelación de inscripción de partidos políticos señalados por presuntas afiliaciones indebidas, al no existir fundamentos legales para esta medida.

¿Por Qué No se Puede Cancelar la Inscripción?
Willy Ramírez, representante del organismo electoral, detalló en entrevista con Exitosa que solo existen dos causales legales para eliminar un partido del registro:
- Resultados electorales: No alcanzar el 5% de votos en elecciones generales.
- Resolución judicial: Decisión de la Corte Suprema a solicitud del Ministerio Público o la Defensoría del Pueblo.
“No hay causal para ‘desinscribirlos’ si ese término cabe”, enfatizó Ramírez.
Caso A.N.T.A.U.R.O. y Precisiones Técnicas
El funcionario aclaró que la declaración de ilegalidad del partido A.N.T.A.U.R.O. por la Corte Suprema no implica rectificación al accionar del JNE, ya que este solo verifica requisitos formales durante la inscripción.
Proceso de Verificación de Firmas
Ramírez explicó el mecanismo de validación:
- Los partidos presentan firmas ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
- El ROP envía los datos al Reniec para cotejo gráfico.
- La verificación técnica no evalúa la voluntad real del afiliado.
Diferencias clave: Firmas “no válidas” (trazado irregular) vs “falsas” (sin autorización ciudadana). Esta distinción técnica genera debates en la opinión pública.