Recuento de Votos: Una Medida Extraordinaria para las Elecciones
A pocos días de las elecciones del 12 de abril, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que el recuento de votos no será una práctica habitual, sino una medida extraordinaria que se aplicará únicamente cuando existan fallas materiales en las actas electorales que no puedan corregirse por la vía regular.
¿Cuándo se Aplica el Recuento?
Según lo informado, este mecanismo se activa tras la detección de inconsistencias por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Entre las situaciones que justifican el recuento figuran:
- Actas sin firmas
- Errores de cálculo
- Datos ilegibles
- Información incompleta
- Diferencias entre el número de votantes y los votos consignados
Procedimiento del Recuento
El procedimiento será desarrollado en audiencias públicas continuas, con la participación del Ministerio Público y la presencia de personeros de organizaciones políticas previamente notificados.

Jurado Electoral Especial y Fechas Clave
El recuento estará a cargo de un Jurado Electoral Especial, integrado por representantes del Poder Judicial, el Ministerio Público y un ciudadano.
Incluirá la revisión individual de cada cédula mediante el llamado “canto del voto”.
Este proceso se realizará entre el 16 y 18 de abril, una vez que la ONPE concluya el conteo inicial, siendo esta entidad la única facultada para solicitar su ejecución.
La transparencia y legalidad en los procesos electorales son fundamentales para la democracia.