JEE archiva investigación contra Lady Camones y APP por presunta dádiva en elecciones 2026

Archivan investigación electoral contra Lady Camones y Alianza para el Progreso

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 decidió archivar el expediente de fiscalización contra la organización política Alianza para el Progreso (APP) y la congresista Lady Camones, al determinar que los hechos observados ocurrieron antes de que ella adquiriera la condición formal de candidata inscrita para las Elecciones Generales 2026.

Lady Camones en un entorno formal, posiblemente dando una declaración
Imagen referencial de Lady Camones en un acto público.

Resolución y fundamentos legales

Según la Resolución N.° 00409-2026-JEE-LIC2/JNE, el colegiado analizó un informe de fiscalización que señalaba la presunta vulneración del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas por la distribución gratuita de juguetes en actividades navideñas en diversos puntos de Áncash.

Hechos observados y fechas clave

El informe detallaba actividades realizadas en:

  • Caserío de Monte Chimbote
  • Asentamiento Humano Jerusalén de Nuevo Chimbote
  • Distrito de Cáceres del Perú – Jimbe

En estos lugares se constató la entrega de juguetes a menores los días 17 y 22 de diciembre de 2025, hechos que en parte fueron corroborados a través de redes sociales.

Condición de candidatura no configurada

El Jurado Electoral determinó que Lady Mercedes Camones Soriano no contaba con la condición de candidata inscrita cuando se llevaron a cabo las actividades. De acuerdo con el expediente, la lista de candidatos al Senado por APP fue inscrita mediante resolución del 1 de enero de 2026 y notificada el 3 de enero de 2026, fecha a partir de la cual se adquiere formalmente dicha condición según la normativa electoral.

Conclusión y remisión del caso

El colegiado concluyó que no se configuró la conducta prohibida por el artículo 8 del Reglamento de Fiscalización de Dádivas y, en consecuencia, dispuso archivar el expediente. Además, ordenó remitir copias del caso al Jurado Electoral Especial del Santa para que evalúe los hechos dentro de su competencia territorial.

Esta decisión judicial marca un precedente en la interpretación de los plazos para la configuración de infracciones electorales por dádivas, en vísperas del proceso electoral del 2026.

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