Corte de Lima rechaza excarcelación de Osmán Morote por falta de razones humanitarias

Falló judicial niega libertad a exmiembro de Sendero Luminoso

La Primera Sala Penal Superior Liquidadora de la Corte de Justicia Penal Especializada ha determinado que no existen «razones humanitarias» que justifiquen la liberación de Osmán Morote, exmiembro de la cúpula de la organización terrorista Sendero Luminoso.

Fundamentos del fallo judicial

El tribunal rechazó el pedido de excarcelación presentado por la defensa de Morote, conocido como «Camarada Remigio», quien está condenado a cadena perpetua por su participación en el Caso Tarata. La solicitud se basaba en la Ley 32181, que permite la revisión de penas para reos mayores de 80 años.

Argumentos de la defensa desestimados

La defensa alegó un presunto deterioro de salud y condiciones inhumanas de reclusión. Sin embargo, la corte señaló que «no se ha presentado documento que demuestre que el solicitante esté sufriendo una enfermedad terminal, grave e incurable en etapa avanzada, o trastornos mentales crónicos, irreversibles y degenerativos».

«No se ha presentado documento que demuestre (…) que el solicitante esté sufriendo una enfermedad terminal, grave e incurable en etapa avanzada, o trastornos mentales crónicos, irreversibles y degenerativos, que pongan en grave riesgo su vida o integridad en el entorno penitenciario», concluyó el fallo.

Gravedad del delito y derechos de las víctimas

La sala destacó que el atentado de Tarata es de extrema gravedad y ha causado un daño irreparable a las víctimas. Además, consideró que conceder la excarcelación «vulneraría el derecho a la justicia, verdad y reparación de las víctimas, poniendo en riesgo la seguridad pública y los estándares internacionales».

Consecuencias de la decisión

  • Morote permanecerá en prisión bajo cadena perpetua.
  • La corte confirmó que recibe atención constante en sus necesidades de salud mental y física.
  • Se protege el derecho a la justicia de las víctimas del terrorismo.

Este fallo refuerza la postura judicial frente a delitos de lesa humanidad y sienta un precedente en la aplicación de leyes de excarcelación por razones humanitarias.

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