Acción Popular Presenta Recurso de Nulidad Contra Resolución del JNE
El partido Acción Popular interpuso un recurso de nulidad ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra la resolución emitida el sábado 13 de diciembre de 2025, que anuló sus elecciones primarias y dispuso su exclusión de las Elecciones Generales de 2026.

Fundamentos Legales y Denuncia de Vulneración de Derechos
El escrito, remitido por el personero legal titular Fernando Arias-Stella y el secretario general Juan José Abad, sostiene que la resolución del JNE produjo “serias afectaciones” a derechos constitucionales como:
- El derecho de defensa
- El debido procedimiento
- La debida motivación
- La presunción de inocencia
- El derecho a elegir y ser elegido
Además, denuncia un “flagrante incumplimiento” del principio de legalidad por parte del organismo electoral.
Críticas a la Actuación «Clandestina» y «Sin Precedentes» del JNE
El recurso alega que el JNE actuó con una celeridad “sin precedentes” y de manera “deliberada”, dejando de lado preceptos fundamentales y “extralimitándose de su ámbito de atribuciones y competencias”.
Señala específicamente que el presidente del JNE, Roberto Burneo, no debió pasar por alto la realización de una audiencia pública para escuchar a ambas partes, argumentando que existía tiempo suficiente para resolver sin afectar los plazos electorales.
“En ningún momento, salvo cuando se notificó de la Resolución al personero legal titular de Acción Popular el día sábado 13 de diciembre de 2025, se tuvo la intención de informar a Acción Popular… actuando clandestinamente a espaldas de Acción Popular como parte involucrada”.
Una Sanción que «Rompe con Años de Jurisprudencia»
El documento enfatiza que la decisión del JNE “ha roto con años de jurisprudencia” y representa la máxima sanción para un partido político: suprimirlo de la arena política al negarle su participación y forzar la pérdida de su inscripción.
Peticiones Concretas del Recurso
Acción Popular solicita en su recurso que:
- Se declaren improcedentes las impugnaciones contra sus elecciones internas.
- El JNE proclame los resultados del cómputo de sus comicios primarios.
Aclaración sobre los Interlocutores Válidos
El recurso también aclara un punto crucial de la comunicación interna, indicando que la presidenta del Comité Nacional Electoral (CNE) de Acción Popular, Cinthia Pajuelo, es la única interlocutora válida designada para mantener comunicación con la ONPE.
Precisa que Nathalie Vanessa Ubillús Trinidad y Víctor Raúl Alderete Villarroel, aunque forman parte del CNE, no tienen facultades para emitir la correspondencia en cuestión (Carta Nº 025-2025/CNE-AP y Resolución Nº 069-2025/CNE-AP).
La batalla legal de Acción Popular busca no solo revertir una exclusión electoral, sino sentar un precedente sobre el respeto al debido proceso en la contienda política peruana.