Milei presenta proyecto de regulación del lobby para transparentar la influencia en el Estado
El 26 de mayo de 2026, la Cámara de Diputados de la Nación recibió formalmente el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo para regular la actividad del lobby. La iniciativa, que busca garantizar la publicidad y transparencia de las gestiones de intereses, fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y los ministros del Interior, Diego Santilli, y de Seguridad, Alejandra Oliva.

¿Qué propone el proyecto?
La normativa define como gestión de intereses a toda actividad de promoción, representación, intermediación, asesoramiento o incidencia destinada a influir en decisiones públicas, ya sea en la redacción de leyes, decretos, contrataciones, asignaciones presupuestarias o beneficios estatales.
- Registro obligatorio: Se creará el Registro Público de Gestores de Intereses, donde deberán inscribirse todas las personas físicas o jurídicas que realicen lobby.
- Reporte trimestral: Los gestores registrados presentarán informes cada tres meses.
- Alcance de la obligación: Deberán registrar sus audiencias el Presidente, el Vicepresidente, ministros, secretarios de Estado y cualquier funcionario con capacidad decisoria. En el Congreso, deberán hacerlo diputados, senadores, autoridades administrativas y asesores que mantengan contactos de lobby.
- Incompatibilidad: Los ex funcionarios no podrán actuar como gestores hasta después de dos años de finalizar su mandato.
Contenido de los registros
Cada audiencia debe quedar documentada con fecha, hora, modalidad del contacto, dependencia involucrada, beneficiario o cliente y una síntesis clara del asunto tratado. Incluso las gestiones que contengan información reservada se registrarán bajo protocolos específicos.
Sanciones y delitos
El proyecto contempla un régimen de penalidades que va desde multas equivalentes a 500 salarios mínimos hasta la inhabilitación definitiva para ejercer como gestor. En casos de representación clandestina de intereses extranjeros, se prevé prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena.
Exclusiones
Quedan fuera del alcance de la ley las actividades periodísticas o de difusión general, salvo que tengan como propósito influir en una decisión pública concreta.
Con información de NA.