Inocencia Fiscal II llega al Senado: los cambios clave de la reforma

El Senado debate la reforma de Inocencia Fiscal

Sesión en el Senado de Argentina durante el tratamiento de iniciativas legislativas
Sesión en el Senado de Argentina, en el marco del debate por la Inocencia Fiscal II.

Buenos Aires, 7 septiembre — El Senado debatirá este martes en comisión el proyecto de ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que el Gobierno considera clave para incentivar que los contribuyentes ingresen los ahorros en dólares que permanecen fuera del sistema financiero.

La discusión en el Senado: comisiones y horario

La discusión comenzará a las 17 en un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto, presididas por los libertarios Gonzalo Guzmán Coraita y Agustín Monteverde.

La reunión de este martes será solo informativa y se estima que concurrirán a exponer al Senado funcionarios del equipo económico. Con el objetivo de convertir en ley esta iniciativa en septiembre, el oficialismo buscará acelerar la firma del dictamen.

El respaldo que necesita La Libertad Avanza

La bancada de La Libertad Avanza necesita el respaldo de los bloques aliados para lograr la sanción de la iniciativa, ya que tiene solo 21 legisladores y requiere del apoyo de otros 16 del radicalismo, el PRO y bloques provinciales.

Reforma de Inocencia Fiscal: qué cambia para los contribuyentes

El proyecto modifica aspectos de la ley 27.799 de Inocencia Fiscal. Entre los puntos centrales de la iniciativa se destacan:

1. Sin topes para adherirse al régimen

El proyecto permite que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan optar por esa modalidad, sin topes de ningún tipo en cuanto a ingresos y patrimonio. En la actualidad, solo podían adherirse quienes tuvieran un ingreso anual de $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones.

2. Plazo extendido para acceder a los beneficios

La nueva iniciativa extiende el plazo para acceder a los beneficios hasta el 31 de diciembre de 2027.

3. ARCA mantiene sus facultades de fiscalización

Otro punto clave es que se mantienen las facultades de fiscalización de ARCA sobre los contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia recaudatoria.

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