Corte Suprema desestima queja del Ministerio de Capital Humano
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este jueves 4 de diciembre por “inadmisible” un recurso del Estado Nacional contra un fallo que había ordenado al Ministerio de Capital Humano elaborar un plan de distribución de alimentos destinados a comedores comunitarios.
Origen de la controversia y denuncias
La controversia se había originado en la suspensión de la entrega de alimentos en comedores de todo el país, en el marco del “Plan Nacional Argentina contra el Hambre”. El dirigente social Juan Grabois impulsó una denuncia penal y otra causa contenciosa, mientras que reportes periodísticos señalaban la existencia de un stock cercano a los cinco millones de kilos almacenados en Villa Martelli y Tafí Viejo, incluida leche próxima a vencer.
El fallo inicial y la orden judicial
La fiscal Paloma Ochoa había reclamado medidas y pidió que los alimentos fueran distribuidos en comedores oficiales. El juez federal Sebastián Casanello sostuvo que el destino de los productos era facultad del Ejecutivo, pero ordenó elaborar un plan de distribución acorde a tipo, cantidad, vencimiento y población destinataria, y solicitó un detalle del stock en 72 horas.
Apelación y cruces en la Cámara Federal
Leila Gianni, entonces subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio de Rodolfo Barra, apeló mientras cuestionaba públicamente la intervención judicial. En la audiencia ante la Cámara Federal se registraron fuertes cruces que llevaron al tribunal a pedir sanciones tanto para Grabois como para Gianni.
Confirmación de la cautelar
Los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron la cautelar y remarcaron que el Ministerio pudo pedir una prórroga, pero optó por cuestionar la “intromisión” judicial a través de nuevos recursos.
Recurso a la Casación Penal y rechazo
El Ministerio de Capital Humano recurrió luego a la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó la presentación.
Decisión final del máximo tribunal
Finalmente, los jueces de la Corte Suprema Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la queja por inadmisible con fundamento en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cerrando el caso y manteniendo la orden de elaborar un plan de reparto para los comedores.