El artículo 36: Barrera constitucional al indulto de Cristina Kirchner
El debate sobre un eventual indulto a Cristina Kirchner tras su condena firme en la causa Vialidad enfrenta un obstáculo jurídico fundamental: el artículo 36 de la Constitución Nacional reformado en 1994, que prohíbe la gracia presidencial para «grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento».
¿Qué establece el artículo 36?
- Indulto vedado para golpes de Estado — Declara nulos los actos contra el orden institucional y excluye a sus autores de indulto y conmutación de penas.
- Equiparación con corrupción — Extiende la prohibición a quienes cometan delitos graves dolosos contra el Estado con enriquecimiento.
- Sanciones perpetuas — Establece imprescriptibilidad de acciones y posible inhabilitación perpetua para cargos públicos.
División doctrinaria
Posición mayoritaria
Constitucionalistas como Andrés Gil Domínguez y Christian Cao sostienen que el artículo equipara la corrupción con golpes de Estado, vedando expresamente cualquier indulto presidencial.
Posición minoritaria
Algunos juristas argumentan que la prohibición aplica sólo para actos de fuerza, requiriéndose una ley específica para extenderla a casos de corrupción.
Precedente judicial clave
En 2016, la Cámara Federal de La Plata (Sala II) citó el artículo 36 para declarar imprescriptibles delitos de corrupción, equiparándolos con atentados a la democracia. El fallo de los jueces Schiffrin, Calitri y Álvarez reforzó esta interpretación.
Consecuencias políticas
De aplicarse esta interpretación, ningún presidente podría indultar condenas firmes por enriquecimiento ilícito como la del caso Vialidad. Un eventual intento enfrentaría impugnación inmediata ante la Corte Suprema por violación al orden constitucional.