Advertencia Legal Sobre Nuevo Retiro de Fondos de Pensiones
El abogado César Abanto Revilla, especialista en Derecho de la Seguridad Social, declaró que los proyectos para un octavo retiro de fondos AFP violan principios constitucionales. El artículo 12 de la Constitución garantiza la intangibilidad de estos recursos, destinados exclusivamente al pago de pensiones.
Fundamentos Jurídicos del Fallo
- Precedente del TC: Sentencia del Expediente N.° 00020-2021-PI/TC limita retiros sin contexto excepcional.
- Fin de la Emergencia: El D.S. N.° 130-2022-PCM (27 de octubre de 2022) cerró el marco legal COVID-19 que justificó retiros anteriores.
Riesgos para los Afiliados
«Los fondos no solo cubren jubilación, sino también invalidez o sobrevivencia», enfatizó Abanto. Subrayó que vaciar las cuentas:
- Deja sin protección ante accidentes o fallecimiento.
- Compromete el principio de sostenibilidad del sistema previsional.
Llamado a las Autoridades
El experto, miembro de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo, instó al Congreso y Ejecutivo a:
- Abandonar medidas populistas.
- Priorizar reformas estructurales en el sistema de pensiones.